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Ya es oficial y confirmado: Suprema Corte falla a favor de la SEP y avaló que alumnos pasen de año aunque deban materias y falten a clases

LaVozDelDesierto by LaVozDelDesierto
26 de junio de 2026
in NOTICIA, OJINAGA
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Lo que los padres deben saber del nuevo plan de estudios de la SEP
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó un acuerdo de la SEP sobre criterios de evaluación en escuelas públicas y privadas

Marca20

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) el cual establece y flexibiliza los criterios de evaluación en escuelas públicas y privadas del país, una decisión que impedirá reprobar automáticamente a estudiantes de educación básica por no cumplir con el mínimo de asistencia o por no aprobar todas sus materias. Así lo definió el máximo tribunal del país con una votación unánime, a partir de la cual se declaró constitucional el Acuerdo 10/09/23 de la SEP, vigente desde septiembre de 2023, al considerar que prioriza el interés superior de la niñez, garantiza el derecho a la educación y combate la exclusión escolar.

¿Qué dice el fallo de la Suprema Corte sobre la SEP, las calificaciones y asistencia escolar?

La resolución de la SCJN surgió tras un amparo promovido por el Colegio El Roble, una institución privada que argumentó que el acuerdo afectaba la excelencia académica, la disciplina escolar y la autonomía de los planteles educativos. Sin embargo, las ministras y ministros concluyeron que la SEP tiene facultades constitucionales para establecer los mecanismos de evaluación y promoción de estudiantes dentro del sistema educativo nacional.

El fallo respalda medidas como:

  • Eliminación del requisito de 80% mínimo de asistencia para acreditar materias.
  • Promoción automática en preescolar y primer grado de primaria.
  • Mecanismos de regularización para alumnos de secundaria.
  • Flexibilización en los criterios de acreditación escolar.

La Corte señaló que el objetivo es evitar que niñas, niños y adolescentes sean excluidos del sistema educativo por factores sociales, económicos o familiares.

Durante la discusión del caso, la ministra Lenia Batres Guadarrama sostuvo que la excelencia educativa no puede reducirse únicamente a números, asistencias o calificaciones. “La educación de excelencia no se agota en registros de asistencias o en acreditaciones de asignaturas o grados mediante mediciones numéricas cuantitativas”, señaló la ministra al defender el proyecto aprobado por unanimidad.

Batres explicó que la formación educativa involucra múltiples factores y recordó que el sistema impacta a más de 23 millones de estudiantes en México.

La ministra también destacó que el modelo educativo adoptado por la SEP toma referencias de países como Dinamarca y Finlandia, donde la evaluación escolar no depende estrictamente de calificaciones numéricas.

Alumnos de primaria y secundario no podrán ser reprobados

El acuerdo avalado por la Suprema Corte reorganiza los planes de estudio mediante fases y campos formativos, además de modificar la manera en que se acredita el avance escolar.

En preescolar y primer año de primaria, los alumnos avanzarán automáticamente de grado sin importar calificaciones o porcentaje de asistencia.

Para primaria y secundaria, la SEP estableció esquemas más flexibles de evaluación, donde los estudiantes podrán regularizar materias pendientes sin ser reprobados automáticamente.

Además, la normativa permite que estudiantes de secundaria puedan avanzar de grado aun con algunas asignaturas no acreditadas, siempre que no existan causas graves plenamente justificadas.

La medida será obligatoria tanto para escuelas públicas como para colegios privados incorporados al sistema educativo nacional.

¿Por qué la Suprema Corte defendió la eliminación de la reprobación automática?

La SCJN sostuvo que reprobar estudiantes por faltas o bajo rendimiento puede profundizar desigualdades sociales y afectar el desarrollo integral de menores de edad.

Durante el debate, el ministro presidente Hugo Aguilar afirmó que la asistencia escolar no necesariamente refleja excelencia educativa.

El ministro explicó que la ausencia de un estudiante puede estar relacionada con problemas familiares o situaciones complejas que deben atenderse desde una perspectiva social y no mediante castigos escolares.

La Corte concluyó que el acuerdo de la SEP fortalece el acceso y permanencia de estudiantes en las aulas, colocando en el centro el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

¿Cómo surgió el caso?

El Colegio El Roble promovió un amparo al considerar que las nuevas reglas debilitaban la calidad educativa y limitaban la capacidad de las escuelas privadas para definir sus propios criterios de evaluación.

La institución defendía la posibilidad de reprobar alumnos que no cumplieran con estándares académicos o de asistencia. No obstante, la Suprema Corte rechazó esos argumentos y determinó que la educación básica es un servicio público sujeto a lineamientos nacionales establecidos por la autoridad educativa federal.

La SCJN también enfatizó que el acuerdo no elimina completamente la evaluación académica, sino que modifica el enfoque para priorizar el aprendizaje y evitar medidas consideradas excluyentes.

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