Las autoridades de seguridad social aclaran que la retención es una medida administrativa de protección presupuestal que se revierte una vez presentado el certificado oficial.
Las principales instituciones de seguridad social de México aplicarán un corte preventivo en la dispersión de recursos a partir de septiembre a todos aquellos derechohabientes que residen y cobran sus haberes en el extranjero y omitan validar su fe de vida durante la ventana oficial de atención.
De acuerdo con las normas operativas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), la medida busca garantizar que los fondos públicos se entreguen exclusivamente a beneficiarios activos.
El proceso administrativo se apoya en los registros semestrales administrados en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) a través de sus oficinas consulares.
Ante el cierre de la ventana correspondiente al segundo periodo del año, los organismos han reiterado la importancia de cumplir con la verificación presencial o digital antes del próximo lunes 31 de agosto para evitar la congelación de los depósitos mensuales.
¿Por qué se suspenderá el pago de la pensión en septiembre a ciertos jubilados del IMSS, ISSSTE e ISSFAM?
La retención de los recursos financieros no constituye una cancelación permanente ni la pérdida de los derechos adquiridos por los trabajadores retirados.
En términos normativos, se trata de una baja cautelar en la nómina de pago.
Esta pausa preventiva se activa de manera automatizada en los sistemas de dispersión cuando transcurre el periodo fijado por la ley sin que la institución emisora reciba la constancia validada.
Cada organismo fundamenta esta exigencia en su respectiva reglamentación:
- ISSSTE: El Reglamento para la Verificación de la Supervivencia de Pensionistas determina que la falta de acreditación en los periodos semestrales (enero-febrero y julio-agosto) causa la suspensión del depósito a partir del mes inmediato posterior.
- ISSFAM: La normativa de las Fuerzas Armadas establece que la omisión en el pase de revista de supervivencia motiva la suspensión temporal de los haberes de retiro y pensiones otorgadas.
- IMSS: A través del mecanismo de comprobación electrónica consular, el sistema bloquea el pago cuando se acumulan seis meses sin el registro de supervivencia correspondiente.











