La diputada del PRI, María Lucero Saldaña, presenta iniciativa de reforma al Código Penal Federal para tipificar la extorsión sexual por razones de género; urge legislar en la materia
CIUDAD DE MÉXICO. A fin de tipificar la extorsión sexual por razones de género y visibilizar esta problemática para favorecer su investigación y persecución, la diputada María Lucero Saldaña Pérez (PRI) presentó una iniciativa de reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
El documento, remitido a las comisiones de Justicia y de Igualdad de Género, plantea agregar, en el Título Decimoquinto del Código Penal, Capítulo I. “Extorsión Sexual por Razones de Género”. Actualmente sólo incluye el Hostigamiento Sexual, Abuso Sexual, Estupro y Violación.
Adiciona el Artículo 259 Ter para establecer que comete el delito de extorsión sexual por razones de género quien solicite a una mujer favores sexuales para sí o para una tercera persona, a cambio del otorgamiento de un empleo, cargo o comisión, o cualquier otra prestación o servicio que esté en su poder conceder o retener, y se le impondrá de tres a cinco años de prisión.
Precisa que cuando además exista relación jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier otra naturaleza que implique subordinación entre la persona agresora y la víctima, la pena se incrementará en una tercera parte de la señalada en el párrafo anterior.
Añade que si la persona agresora fuese servidor público y utilizara los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo anterior, se le destituirá y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta. Este delito se perseguirá por querella.
Por lo que hace a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, propone adicionar un Capítulo IV Quáter denominado “De la violencia sexual por extorsión”.