La resolución determina que el ciudadano que promovió el amparo no estará obligado, por el momento, a registrar su línea telefónica ni a entregar información biométrica.
Karla Isabel Carmona Espinoza/El Heraldo de Chihuahua
El diputado local y coordinador de Francisco Sánchez Villegas, informó que un Juez de Distrito concedió una suspensión provisional dentro de un juicio de amparo promovido en contra de la obligación de registrar líneas telefónicas y proporcionar datos biométricos, medida que, precisó, beneficiará únicamente al promovente mientras se resuelve el fondo del asunto.
De acuerdo con un video difundido por el legislador en sus redes sociales, la resolución judicial establece que el ciudadano que interpuso el amparo no estará obligado, por el momento, a registrar su línea telefónica ni a entregar información biométrica vinculada a este servicio, en tanto continúa el proceso jurisdiccional.
“Desde Ciudad Juárez obtenemos una suspensión provisional en contra del registro de líneas telefónicas. Un Juez de Distrito ha determinado que el ciudadano promovente no estará obligado a registrar su celular ni a entregar sus datos biométricos mientras se resuelve el juicio”, expresó.
Sánchez Villegas calificó la resolución como un avance dentro de la estrategia jurídica que ha impulsado para impugnar las disposiciones relacionadas con el registro de líneas telefónicas y la recopilación de datos biométricos.
El legislador sostuvo que, desde su perspectiva, estas medidas afectan derechos relacionados con la privacidad y la protección de los datos personales de los ciudadanos, por lo que continuará promoviendo recursos legales para controvertirlas.
“Seguimos avanzando. Nos mantenemos firmes para vencer el intento de imponer un sistema de vigilancia sobre los ciudadanos. Vamos a seguir dando la batalla en los tribunales y en todos los espacios para defender la libertad de las familias mexicanas”, manifestó.
Durante su posicionamiento, Francisco Sánchez se refirió a estas disposiciones como la “Ley Espía”, denominación utilizada por el propio legislador para expresar su rechazo a las reformas en la materia.
Asimismo, reiteró que continuará impulsando acciones legales con el objetivo de que los órganos jurisdiccionales revisen la constitucionalidad de las disposiciones que establecen la obligación de registrar líneas telefónicas y proporcionar información biométrica.
La suspensión provisional concedida dentro del juicio de amparo tiene efectos únicamente para la persona promovente y permanecerá vigente mientras el órgano jurisdiccional determina si concede o no la suspensión definitiva y resuelve el fondo del procedimiento constitucional.











