La FGR impugnará decisión de juez que canceló orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca, acusado de delincuencia organizada y lavado de dinero
Iris Velázquez/ Agencia Reforma
CDMX.- Luego de que un Juez de Control haya ordenado cancelar la orden de aprehensión girada en contra de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, ex Gobernador de Tamaulipas, la Fiscalía General de la República (FGR) anunció que impugnará la determinación.
Faustino Gutiérrez Pérez, Juez Octavo de Distrito de Tamaulipas, concedió un amparo que ordena anular el mandamiento de captura librado el 4 de octubre pasado por Ivan Zeferín Hernández, entonces Juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, Estado de México.
“El propósito de combatir los delitos cometidos por altos funcionarios bajo esquemas que, además de constituir actos de corrupción, implican la comisión de ilícitos penales, se ve afectado cuando se producen determinaciones judiciales que atentan contra el derecho y contra una recta administración de justicia”, consideró la FGR.
“Ante esa sentencia, notoriamente alejada del derecho y del más elemental sentido de justicia, se promoverá el medio de impugnación correspondiente, a la vez que, se analizarán las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación a la autoridad que la emitió”, agregó.
El ex Gobernador tamaulipeco es señalado por los delitos de delincuencia organizada y lavado de 42.1 millones de pesos en la venta de un departamento en Santa Fe. La Fiscalía fue la que solicitó y obtuvo orden de aprehensión en contra del ex funcionario, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Esta instancia de justicia acusó que el juzgador se convirtió en defensor de Cabeza de Vaca, y reprochó que haya omitido realizar un análisis específico e integral tanto de lo que se planteó al solicitar la orden de aprehensión, como de lo resuelto por el Juez de Control al librar la orden de aprehensión, así como de lo alegado por la parte promovente del amparo.
“Se dedica por entero a tratar de explicar y justificar las operaciones financieras del quejoso, las cuales en todo caso denotan la organización de hecho realizada por el citado y otras personas para la realización de ciertas conductas que llevan a la materialización de uno de los delitos contemplados en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. El rol de juzgador se habría transformado en el de un agente de la defensa del imputado”, consideró.
“Ello se confirma cuando el juez de amparo llega a establecer el absurdo de que no podrían coexistir los delitos de delincuencia organizada y el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cuando es por demás conocido que el primero de ellos es autónomo por esencia e incluso no requiere que se materialice la conducta o finalidad de la organización”, apuntó.
Este actuar, advirtió la FGR, podría ser sancionada conforme a la Ley de Amparo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la propia jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
“Innumerables casos existen en los que se ha procedido ministerialmente por delincuencia organizada y por los delitos que son la finalidad de quienes se organizan; se han obtenido órdenes de aprehensión, vinculaciones a proceso o autos de formal prisión (según el sistema penal que aplique) y sentencias condenatorias.
“Además, el juicio de amparo fue tramitado y resuelto sin convocar al agente del Ministerio Público de la Federación (MPF), que investigó y judicializó el caso, cuando en derecho era obligado haberle dado la oportunidad de intervenir por su calidad de tercero interesado en ese juicio” estimó.