Si quedas desempleado, tu empleador ya no hace aportaciones patronales a tu nombre y perderás la derechohabiencia, pero todavía tienes tiempo para encontrar trabajo.
por: Ivo Esqueda/Mi Bolsillo
Los trabajadores en México cuentan con acceso al sistema de salud pública del Instituto Mexicano del Seguro Social que brinda apoyo a millones de derechohabientes que son afiliados por sus empleadores al contar con una relación de trabajo formal.
Así pueden disfrutar del derecho a recibir atención médica, dental, estudios especializados, servicio de farmacia y otras prestaciones sociales del IMSS con las aportaciones patronales que además destinan una partida a la Subcuenta de Vivienda del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Pero si te quedas sin trabajo ya sea por renuncia o despido, se perderá la vigencia de estos derechos, aunque no de manera inmediata y todavía puedes acceder a los beneficios de ser derechohabiente en lo que consigues un nuevo empleo, con el requisito de llevar una cotización continua de al menos ocho semanas para contar con un tiempo adicional para acudir a consultas médicas y otros servicios en la Unidad Médica Familiar (UMF) que te toca.
Si tienes ese tiempo mínimo de cotización al momento de que te das de baja en tu último trabajo, podrás contar con un período extra de ocho semanas desde que termina la relación laboral con tu antiguo patrón.
De esta manera, cuando una persona cae en el desempleo luego de haber trabajado por más de ocho semanas inscrito al IMSS, tendrá el mismo plazo de 4 meses para encontrar trabajo y que se le vuelva a dar de alta en una nueva empresa.
En ese tiempo también se podrá acceder a los servicios descritos, y más, como atención hospitalaria, rehabilitación, análisis clínicos, centros vacacionales o recreativos entre otros que puede disfrutar la derechohabiencia.
Todo esto sin mencionar el derecho a recibir la Pensión IMSS por vejez o invalidez, además de asignar a los beneficiarios del trabajador para que también disfruten de estos derechos y al de una pensión en caso de fallecimiento del titular.
Si has perdido tu trabajo y quieres hacer uso de alguno de estos servicios, para descubrir si se puede solicitar alguno de estos servicios todo lo que tienes que hacer es tramitar sin costo una Constancia de Vigencia de Derechos para saber si estás dado de alta en el IMSS todavía.
Para ello solamente necesitas tu Número de Seguridad Social (NSS) y Clave Única de Registro de Población (CURP) y tu dirección personal de correo electrónico para que allí recibas el documento que te sacará de dudas.











