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Home NOTICIA

Así puedes evitar multas del SAT si recibes un préstamo familiar

LaVozDelDesierto by LaVozDelDesierto
9 de octubre de 2025
in NOTICIA, OJINAGA
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Cómo puedo renovar la firma electrónica del sat desde mi computadora
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La clave para evitar sanciones del SAT es actuar con transparencia, conservar la documentación adecuada y, cuando aplique, incluirlo en la declaración anual del ISR.

La Silla Rota

En México, es común pensar que un préstamo de un familiar o amigo cercano es un asunto completamente privado y sin implicaciones fiscales. Sin embargo, si el monto recibido en calidad de préstamo supera los 600,000 pesos en un solo año fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) exige que se declare ante la autoridad tributaria. De lo contrario, podrías ser acreedor a multas, recargos y sanciones considerables.

En ese sentido, es importante señalar que la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), en su Artículo 90, establece claramente que las personas físicas residentes en México deben informar, en su declaración anual, los préstamos, donativos o premios que hayan recibido durante el año fiscal, cuando individualmente o en conjunto excedan los $600,000 pesos.

Cabe destacar que si no se informa adecuadamente, el SAT puede reclasificar el monto como ingreso no declarado, lo cual podría generar una obligación fiscal inesperada, además de multas que, según especialistas, pueden llegar hasta los miles de pesos, sin contar recargos o actualizaciones.

¿Cuándo debo declarar un préstamo?

Debes declarar cualquier préstamo, donativo o premio si el monto total recibido en el año fiscal supera los $600,000 pesos, sin importar si proviene de una sola persona o de múltiples fuentes. Caso contrario, las personas no están obligadas a declarar si el monto total no supera los $600,000 pesos; sin embargo, y aun así, es altamente recomendable conservar la documentación que respalde el préstamo.

¿Qué pasa si no informo el préstamo al SAT?

Aunque un préstamo no representa ingreso gravable, el no declararlo cuando se debe puede derivar en sanciones. El SAT podría considerar esos fondos como ingresos omitidos, lo que implicaría:

  • Pago de impuestos sobre ese monto.
  • Multas de hasta $35,000 pesos.
  • Recargos por actualización.
  • Fiscalización o auditorías futuras.

En casos más graves, pueden aplicarse sanciones proporcionales al monto omitido, generando un impacto económico significativo.

¿Cómo se debe documentar un préstamo ante el SAT?

Para evitar problemas legales o fiscales, se recomienda que el préstamo esté debidamente documentado con los siguientes elementos:

  • Contrato de préstamo: debe incluir: nombre y RFC del prestamista y prestatario, monto, plazo, condiciones y forma de pago.
  • Transferencia bancaria: es ideal que el dinero se transfiera por medios electrónicos, dejando constancia del concepto como «préstamo«.
  • Comprobantes: guarda estados de cuenta, recibos, avisos de transferencia y cualquier comunicación escrita.

Es importante señalar que en dado caso de que este tipo de prestamos sean recibidos en efectivo, y en este caso proviene de una persona moral, es decir una empresa, entonces se debe presentar un aviso especial ante el SAT utilizando el formato 86-A dentro de los 15 días hábiles posteriores a la recepción del monto.

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