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Home ESTATAL

Propongo 10 años de cárcel para castigar el matrimonio forzado

LaVozDelDesierto by LaVozDelDesierto
11 de noviembre de 2023
in ESTATAL, NOTICIA
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Hasta en nuestros días sigue persistiendo el matrimonio forzado, que es una práctica en la que una o las dos partes involucradas son presionadas para una unión matrimonial, esto, pese a que hay antecedentes de condena a nivel mundial y es considerada una violación de los derechos humanos.

No tenemos duda de que el matrimonio forzoso o servil es una forma de explotación en la trata de personas. De hecho, a nivel mundial, 15 millones de niñas se casan antes de cumplir los 18 años de edad mientras que, en países de Latinoamérica, 1 de cada 4 niñas, dijo haberse casado antes de los 18 años.

Para las mujeres mexicanas, la tendencia no mejora en la encuesta de Salud y Derechos de las Mujeres Indígenas (ENSADEMI), en el año 2008, concluyó que, de los aproximadamente 13 millones de mujeres indígenas, el 1.8% se había casado sin su consentimiento; el 2.3% inició su relación, por algún motivo de violencia; el 0.8% denunció haber sido comprada y el 1.5% había sido robada sin su consentimiento.

El matrimonio forzado, es por supuesto, con la intervención, coerción o violencia ejercida por la misma familia, la comunidad u otros individuos. Los especialistas señalan que es producto del orden patriarcal en donde prima la autoridad del varón y los derechos fundamentales de la mujer son violados, suprimiendo su libertad y posibilidad de autodeterminación.

En lugar de basarse en el amor, la elección personal y el consentimiento mutuo.
Esta práctica incluso es uno de las causas de persecución alegada por mujeres para solicitar asilo.

Es evidente la vulneración de derechos pues no se considera a la mujer como “sujeta” de derechos, con capacidad para regir sobre su propia vida:
sino que es poco más que un “objeto” o una posesión que funciona en varias ocasiones como medio de intercambio para los miembros masculinos de su familia y sobre la cual sólo éstos tienen derecho a tomar decisiones respecto a su educación, movilidad, salud reproductiva, entre otras cuestiones.

No es secreto que en muchas familias a las jóvenes que muestran una preferencia sexual distinta a la normativa, sean obligadas a contraer matrimonio para “corregir” su lesbianismo, dado que no se considera aceptable que éstas sean capaces de desarrollar su sexualidad separada de su papel reproductivo dictaminado por el orden patriarcal.

De acuerdo con información del Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG) el 23.6% de las mujeres en México se han casado o viven en unión conyugal antes de cumplir los 18 años.

Aproximadamente 15% de las mujeres jóvenes entre 15 y 19 años está casada actualmente y esta proporción se relaciona estrechamente con el nivel de educación alcanzado.

Ante eso, el matrimonio y las uniones tempranas despojan a las niñas y a las adolescentes de su infancia, siendo una práctica nociva y una forma de violencia que vulnera sus derechos y les afecta en su salud, educación, integridad e incrementa la discriminación y la violencia contra ellas.

Entre las consecuencias directas se tienen el abandono escolar, el embarazo prematuro, la mayor morbilidad y la mortalidad materna, además de la transmisión intergeneracional de la pobreza y las limitaciones en las oportunidades a lo largo de sus vidas.

Por todo lo anterior, propongo sancionar el matrimonio forzado, para quedar redactado
de la siguiente manera:

Capitulo III
MATRIMONIO FORZADO
Artículo 194 Bis.

Comete el delito de matrimonio forzado, la persona que, mediante engaños, intimidación o violencia, obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a otra persona contraer matrimonio o cualquier relación, de carácter civil y personal, con o sin su consentimiento, con alguien más, a cambio o no de algún beneficio directo o indirecto.

Artículo 194 Ter.
El matrimonio forzado será sancionado con una pena de cinco a diez años de prisión y multa de doscientas a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

La pena descrita en el párrafo anterior se aumentará hasta en un tercio, si la víctima perteneciere a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.

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