¿Dejaste de cotizar al IMSS porque saliste de un empleo formal? No necesariamente tienes que dejar de aportar al Instituto Mexicano del Seguro Social. Hay un esquema previsto en la Ley del Seguro Social que se conoce como Modalidad 40, y vale la pena que la tengas en el radar si estás pensando en tu retiro.
El Heraldo de Mexico
PENSIONISSSTE detalló los alcances de este esquema oficial que permite a las personas que dejaron de cotizar en el sector formal mantener su vigencia de derechos y, además, incrementar sus aportaciones para acceder a una mejor pensión cuando llegue el momento de retirarse.
La Modalidad 40 es especialmente útil para quienes buscan pensionarse tras una pausa laboral. El esquema te permite seguir sumando semanas cotizadas, elegir el Salario Base de Cotización con el que aportas y, en muchos casos, mejorar sustancialmente el monto que recibirás de pensión al final de tu vida laboral. Continuar leyendo
Cuando una persona sale de un empleo formal y deja de cotizar, sus derechos ante el IMSS pueden quedar en riesgo. La Modalidad 40 permite que esa continuidad no se rompa, manteniendo activos los seguros de Invalidez y Vida, y de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
Además, al inscribirte tú decides el Salario Base de Cotización con el que cubrirás tus cuotas, dentro de los límites legales establecidos en la Ley del Seguro Social. Esa decisión es estratégica, porque el SBC que elijas impactará directamente en el monto de la pensión que recibirás al final de tu vida laboral.
¿Cuáles son las 5 claves de la Modalidad 40 que debes conocer?
Si estás considerando inscribirte a la Modalidad 40 o quieres entender bien qué te ofrece, esta es la lista de las cinco claves esenciales que ha publicado PENSIONISSSTE para que tomes una decisión informada sobre tu retiro.
- Es para quienes ya dejaron de cotizar: la Modalidad 40 está pensada para personas que fueron dadas de baja del régimen obligatorio del IMSS y quieren seguir acumulando semanas para su pensión.
- Requiere 52 semanas cotizadas recientes: necesitas tener al menos 52 semanas acreditadas bajo el régimen obligatorio en los últimos 5 años anteriores a tu baja para poder inscribirte.
- Tienes 12 meses para inscribirte: el plazo para presentar la solicitud por escrito es de máximo 12 meses contados desde la fecha de tu baja del régimen obligatorio.
- Tú eliges el salario con el que aportas: el Salario Base de Cotización lo decides tú, dentro de los límites legales (mínimo el último SBC que tenías al momento de la baja y máximo 25 veces el valor de la UMA vigente).
- Te da derecho a dos seguros, pero no a servicios médicos: te protege con los seguros de Invalidez y Vida, y de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, pero bajo la Ley IMSS 1997 no genera derecho a atención médica; ese servicio se contrata aparte con el Seguro de Salud para la Familia.










