Establecida con toda claridad y precisión, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), -incluso, en una de sus resoluciones era presidida por Arturo Zaldívar- el derecho de las mujeres a la Interrupción Legal Embarazo (ILE), en una de esas decisiones absolutamente alejadas de la ruta que un partido de la oposición devenido a márgenes menores en las aceptaciones populares, como es el PAN, el de Chihuahua ha levantado como una de sus banderas políticas la de oponerse a la determinación de la SCJN o, por lo menos, ‘sacarle’ la vuelta mediante la propuesta de disminuir la edad del embarazo en la que se efectúe la interrupción.
Mediante una iniciativa interpuesta por el diputado Carlos Olson, acompañado por todos los legisladores locales y la presidenta estatal -Daniela Alvarez, con lo que dejaron establecido que se trata de una asunto de la mayor importancia para ese partido- el PAN propuso que la interrupción sea legal solo hasta la semana 6 del embarazo.
Su propuesta va más allá pues contempla la protección de los fetos humanos, «desde el momento en que los médicos detecten el latido cardíaco del embrión en formación». (Nota de César Lozano T./El Diario, 15/4/25).
Van en sentido contrario a lo determinado por las instancias jurídicas del país: «La Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió en 2007 aplicar un plazo de 12 semanas para la suspensión del embarazo, mientras que en la actualidad, las disposiciones de la legislación federal, establecen que no solo la práctica está despenalizada, sino que su práctica la pueden solicitar de manera voluntaria en instituciones públicas». (Ibídem).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha despenalizado el aborto a nivel federal en México, estableciendo que la criminalización absoluta del aborto es inconstitucional. Esto significa que las mujeres y personas gestantes no podrán ser penalizadas por realizar un aborto.
En distintas resoluciones la SCJN ha establecido la semana 12a. del embarazo, no con base en una ocurrencia, o en una creencia religiosa, sino en parámetros legales, sociales y científicos.
Las mujeres y personas gestantes no pueden ser juzgadas ni condenadas por abortar. Además, y no es cosa menor, la despenalización reconoce el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y su reproducción.
Al haberse alcanzado una mayoría que supera los ocho votos, las razones de la Corte obligan a todas y todos los jueces de México; tanto federales como locales.
La Primera Sala en la revisión del amparo 267/2023, por unanimidad, reiteró que la criminalización absoluta del aborto viola los derechos humanos de mujeres y personas gestantes, que dicha regulación ya no tiene efectos y que, por lo tanto, a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le puede castigar por aborto.
Bonita cosa la propuesta del panismo, con este tipo de conductas y posturas, en realidad lo que muestran es su verdadera oposición al ejercicio de tal derecho, pretenden, en la práctica, acotar el derecho establecido por la Corte.
Supongamos que una mujer se percate de la ausencia de la menstruación correspondiente y, como es lógico, decida esperar al siguiente ciclo menstrual, con lo que, de estar embarazada, tendría alrededor de 8 a 9 semanas de edad el producto, con ello rebasaría las 6 semanas propuestas por el diputado Olson y sus compañeros.
Si interrumpiera el embarazo en la octava semana ¿Podría ser detenida y acusada de homicidio?
¿De veras esa es la agenda del partido más importante de la oposición en México, gobernante en Chihuahua, para el momento actual?
¿De veras no hay otros asuntos más importantes, acaso que involucren a un mayor número de ciudadanos, y no que sean los derivados de la agenda religiosa de quienes lo integran y dirigen?
Columna de Plata de la Asociación de Periodistas de Cd. Juárez (APCJ): 2008, 2015, 2017, 2022 y 2023
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