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Utilidades 2023: Cuánto tiempo debes tener trabajando para que te las paguen

LaVozDelDesierto by LaVozDelDesierto
14 de abril de 2023
in NOTICIA, OJINAGA
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Ni el día del padre alivio a la economía: Comerciantes
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Conoce más sobre esta importante prestación

Nelson Solorio | El Heraldo de Chihuahua

El reparto de utilidades es de los momentos del año más esperados por los trabajadores. Y para este año 2023 ya se encuentran definidas las fechas en que se entregará: Si te contrata una empresa, es decir una persona moral, el reparto de utilidades será del 1 de abril y hasta el 30 de mayo. Y si tienes un patrón en particular, una persona física, el reparto podrá realizarse el 1 de mayo y hasta el 29 de junio.

El reparto de utilidades es uno de los derechos laborales, sin embargo, no todos los trabajadores las pueden recibir porque tienen que cumplir algunos requisitos, incluyendo tener cierto tiempo trabajando en la empresa.

¿Qué son las utilidades?

Las utilidades son las ganancias de una empresa, estas se tienen que reportar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y con ello se determinan las responsabilidades fiscales que le corresponden.

En otras palabras, dependiendo de las ganancias de las empresas se sabe cuántos impuestos tienen que pagar, así como la suma que tienen que repartir entre sus trabajadores durante el reparto de utilidades.

Así pues, el reparto de utilidades consiste en el 10 por ciento de las ganancias netas de lo que hayan reportado en su última declaración anual ante el SAT, lo que quiere decir que este año serán repartidas las ganancias del 2022.

Para recibir utilidades, tienes que tener 60 días laborados durante el presente año.

¿Quiénes no recibirán el reparto de utilidades?

La repartición de utilidades no es igual para todos los trabajadores: Cuánto recibirá cada uno depende de las horas y los días a la semana laborados.

De manera general, los trabajadores con más horas laboradas recibirán mayor parte de las ganancias repartidas. Esto incluye todos los días trabajados (con todo e incapacidades, periodos de maternidad, vacaciones, permisos y feriados).

Y, por otra parte, no todo el personal recibe utilidades.

De acuerdo a la ley, no son acreedores de esta prestación:

  • directores
  • administradores
  • gerentes generales
  • socios y accionistas
  • trabajadores eventuales
  • prestadores de servicios profesionales

Además de ellos, los trabajadores con menos de 60 días laborados en el año correspondiente tampoco recibirán utilidades.

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