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La Suprema Corte falló y no hay vuelta atrás: desde ahora quedan invalidados los permisos para movilizar y exportar ganado

LaVozDelDesierto by LaVozDelDesierto
8 de julio de 2026
in NOTICIA, OJINAGA
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Exportación ganadera por Ojinaga ha estado fluyendo con unas 20,500 cabezas de enero a la fecha
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La SCJN invalidó permisos estatales para movilizar y exportar ganado en Nayarit al considerar que invaden facultades federales en materia sanitaria y de control zoosanitario, desde el pasado 29 de junio de este 2026.

Cronista

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que modifica las condiciones para el transporte de ganado en México. Al analizar el caso, el máximo tribunal determinó que ciertos permisos exigidos por autoridades estatales no pueden seguir siendo obligatorios. No obstante, precisó que la guía de tránsito sí puede mantenerse como un documento válido para acreditar la propiedad de los animales durante su movilización.

La decisión fue adoptada por el Tribunal Pleno al resolver la Controversia Constitucional 216/2025, discutida en sesión del 10 de marzo de 2026. En su fallo, la Corte concluyó que diversas disposiciones vigentes en Nayarit excedían las facultades de la entidad al intervenir en competencias reservadas al ámbito federal. Como resultado, dichos requisitos quedaron sin efectos a partir de la resolución.

En el comunicado oficial, la Suprema Corte explicó que algunas disposiciones estatales pretendían controlar el movimiento de animales mediante autorizaciones locales.

La Suprema Corte valida documentos de propiedad, pero no controles estatales

El fallo distingue entre los documentos que sirven para acreditar la propiedad del ganado y aquellos que funcionan como permisos obligatorios para su traslado. Los ministros validaron parte de la Ley Ganadera de Nayarit que reconoce instrumentos administrativos para demostrar la posesión o transmisión de animales.

Según el comunicado, estos mecanismos pueden mantenerse porque no constituyen un filtro obligatorio para el movimiento del ganado.

“Estas disposiciones se encuentran dentro de la facultad de las entidades federativas para legislar en materia civil y administrativa”, explicó la Corte al justificar la validez de esos registros.

Permisos estatales para movilizar ganado quedan invalidados

Sin embargo, el Pleno invalidó diversos artículos de la misma ley que obligaban a obtener permisos estatales antes de transportar o exportar ganado, productos y subproductos pecuarios. Entre ellos estaban las guías de tránsito foliadas por autoridades locales o autorizaciones emitidas por inspectores.

La Suprema Corte subrayó que ese tipo de controles corresponden al ámbito federal, especialmente en materia sanitaria.

“Estas disposiciones invaden la esfera de competencia de la Federación en materia de salubridad general”, concluyó el tribunal, dejando claro que los estados no pueden imponer autorizaciones previas para la movilización de ganado.

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